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A favor de la UNSa: la Justicia rechazó el reclamo del exrector Víctor Claros, por el pago de vacaciones

La Cámara Federal de Salta confirmó la sentencia que limita el pago de vacaciones no gozadas al exrector, desestimando su reclamo por 268 días, estableciendo el pago por 68 días.


La Cámara Federal de Salta, Sala II, emitió un fallo contundente en favor de la Universidad Nacional de Salta (UNSa) en el litigio que mantenía con su ex-Rector, Víctor Hugo Claros, por el pago de vacaciones no gozadas. El tribunal rechazó los recursos de apelación presentados por Claros, confirmando la sentencia de primera instancia que limitaba el pago a 68 días, en lugar de los 268 que reclamaba el ex funcionario.

La disputa legal se originó a partir de las resoluciones del Consejo Superior de la UNSa 437/21 y 300/22, que autorizaban el pago de 268 días de vacaciones no gozadas a Claros. Sin embargo, la actual gestión de la universidad, encabezada por el Rector Daniel Hoyos, consideró que la cifra era excesiva y presentó una demanda de nulidad de dichas resoluciones.

El tribunal, compuesto por los jueces Mariana Inés Catalano, Alejandro Augusto Castellanos y Guillermo Elías, analizó los argumentos de ambas partes y concluyó que la pretensión de Claros carecía de sustento legal. En su sentencia de 69 páginas, los magistrados señalaron que el ex Rector, dada su trayectoria y conocimiento de las normativas universitarias, debió haber actuado con mayor diligencia en la programación y coordinación de sus licencias.

 

A favor de la UNSa: la Justicia rechazó el reclamo del exrector Víctor Claros, por el pago de vacaciones
Víctor Claros

 

"Tratándose de quien se desempeñó durante años como Rector y Decano, impuesto de las reiteradas directivas ordenadas a programar y coordinar el goce de licencias pendientes y conocedor de que su excepcional diferimiento dependía de la justificada y documentada denegatoria por razones de servicio que en el caso lucen ausentes durante todo el último lustro de su desempeño, forzoso es concluir en que no puede estructurarse sobre tal base de actuación negligente un reconocimiento tan extenso como el pretendido", argumentaron los jueces.

En consecuencia, el tribunal confirmó la sentencia de primera instancia, que declaraba la nulidad de las resoluciones del Consejo Superior que autorizaban el pago de 268 días de vacaciones, y estableció que la UNSa solo debe liquidar el equivalente a 68 días.

Este fallo representa un importante precedente para la UNSa, ya que establece límites claros en cuanto al pago de vacaciones no gozadas a sus funcionarios. Asimismo, refuerza la importancia de la diligencia y la transparencia en la gestión de los recursos públicos.

 

 

 

 

 

Fuente El Tribuno

 
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