En la mañana del lunes 27 de mayo de 2019 el concejal Ariel Gallardo presentó en el Concejo Deliberante del Municipio de Campo Quijano el pedido de proceso de Juicio Político y destitución del concejal Carlos «Lupi» Cruz, Expte. 187/19 Consa de 99 fojas.

Se adjuntó al pedido, documentación de prueba, suficientes como para que el Concejo Deliberante tome, en las comisiones de trabajo correspondientes, los recaudos para la convocatoria a reunión de la comisión de Diciplina y Juicio Político.

Detalles

Se radicó denuncia solicitando apertura de investigación de proceso de disciplina y de juicio político respecto del señor CRUZ CARLOS ANTONIO concejal del Municipio Campo Quijano.

Quién estando en función de concejal tuvo y tiene a disposición de una personal auxiliar dependiente de Municipio de Campo Quijano. Que desde el 10 de diciembre del año 2.017 en continuidad hasta la fecha el personal administrativo.

Se radicó Denuncia Penal FPRL – 16/2018 en contra del concejal CARLOS ANTONIO CRUZ, el intendente y funcionarios municipales.

Dicha conducta del edil encuadra en los delitos previstos en el artículo 248 y artículo 261 del Código Penal de la Nación Argentina. Que el concejal municipal CRUZ CARLOS ANTONIO conjuntamente con miembros del Concejo Deliberante de Campo Quijano del período 2015 al 2017 y quienes estando en funciones aprobaron la Ordenanza Municipal N°22/17 estableciendo la no percepción de remuneración de dietas como concejales municipales a partir del mes de Octubre del año 2017, sin embargo haciendo caso omiso a la propia normativa por ellos mismos sancionada y con plenos efectos legales PERCIBIERON DIETAS DURANTE LOS MESES OCTUBRE, NOVIEMBRE Y DICIEMBRE DEL AÑO 2017.

Se radicó denuncia en contra del Sr. CRUZ CARLOS ANTONIO concejal del Municipio Campo Quijano, quién  conjuntamente a los señores MANUEL CORNEJO  Intendente del Municipio de Campo Quijano, y MIRIAM SILVINA CANCHI, concejal del Municipio de Campo Quijano, se les abrieron Denuncia Penal C 108 – 714/2018; quienes  estando en función, el Sr. MANUEL CORNEJO como concejal del municipio de Campo Quijano en los periodos correspondientes a los años 2003 – 2005 (mandato cumplido) y del 2005 – 2007 (mandato cumplido), como intendente en los períodos correspondientes a los años 2007-2011 (mandato cumplido), 2011-2015 (mandato cumplido) y 2015-2019 (período en ejercicio); el Sr. CRUZ CARLOS ANTONIO en los periodos mandatos cumplidos como concejal  de los años 2003-2005, 2005-2007, 2007-2009, 2011-2013, 2013-2015 y el periodo 2015-2017 en ejercicio como concejal todos por el Municipio de Campo Quijano, y la Sra. MIRIAM SILVIA CANCHI quién cumple su segundo periodo como concejal por el Municipio de Campo Quijano y en actual ejercicio de mandato de concejal correspondientes al período 2017-2019. Que los funcionarios NO PRESENTARON sus DECLARACIONES JURADAS DE BIENES por ante Escribanía de Gobierno de la Provincia de Salta al inicio y culminación de cada mandato conforme lo establece la normativa vigente.

Se presentó denuncia también en contra del concejal CARLOS ANTONIO CRUZ por el uso del inmueble Matricula N° 11.642 Sección B Manzana 51d Parcela del Barrio San Martín de Porres o Barrio Municipal de la Localidad de Campo Quijano, Departamento Rosario de Lerma. Inmueble que aún figura en los registros de la Dirección de Inmuebles a nombre de la Municipalidad de Campo Quijano, pero que mediante ORDENANZA MUNICIPAL N° 24/02 el CONCEJO DELIBERANTE DE CAMPO QUIJANO LO DONO EN FAVOR DE CARLOS ANTONIO CRUZ. Que en citado inmueble CARLOS ANTONIO CRUZ edifico una vivienda la cual ocupan hijos y familiares del mismo.

Dicha conducta encuadra en los delitos previstos en el artículo 268 párrafo 3° del Código Penal de la Nación Argentina.

Será Jsticia

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