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No es contra la nueva ley de aborto el pedido de inconstitucionalidad

El reclamo que se hizo es sobre la actualización del protocolo para la ley ya vigente. No obstante, el reclamo podría contener una maniobra de obstaculización.

El pedido de inconstitucionalidad presentado recientemente en la Justicia Federal salteña no es contra la nueva ley de interrupción voluntaria del embarazo (IVE), aprobada el 30 de diciembre por el Congreso Nacional. La presentación cuestiona una actualización del protocolo para la ley que ya estaba vigente sobre interrupción legal del embarazo (ILE) con causales, vigente desde 1921 en la Argentina.

“Lo que se presentó es una mera declaración de inconstitucionalidad de la resolución del Ministerio de Salud de la Nación que actualiza un protocolo de interrupciones legales del embarazo, o sea los abortos por causales”, aclaró en diálogo con El Tribuno la abogada Mónica Menini, referente del movimiento feminista en Salta, quien además agregó que esto “nada tiene que ver con la ley de interrupción voluntaria que acaba de ser votada por el Congreso”.

Ayer se conoció que el juez federal Miguel Medina habilitó la feria judicial de enero para tramitar una acción declarativa de inconstitucionalidad promovida en contra del protocolo para abortos no punibles del Ministerio de Salud y se especulaba con que se trataba de una ofensiva del sector llamado provida para bloquear o entorpecer la aplicación de la nueva ley.

Sin embargo, la habilitación de feria, en definitiva, es anterior a la aprobación de la ley de IVE en el Senado, y no tiene relación directa con la misma, sino que se habilitó para que se tramite una acción declarativa de inconstitucionalidad contra el protocolo para la atención integral de las personas con derecho a la interrupción legal del embarazo, o sea el llamado “aborto no punible”, que se puede aplicar cuando el embarazo es producto de una violación o implica riesgo para la vida de la mujer.

No obstante, aunque la determinación del juez Medina se restringe a la discusión sobre el llamado protocolo ILE, los planteos y requerimientos solicitados por los firmantes (que el juez declare que el “ser humano existe desde el momento de la concepción” y que el “niño no nacido tiene un derecho intrínseco a la vida del que no puede ser privado”) podrían trasladar la controversia jurídica a la discusión mayor: la legalidad y constitucionalidad de la flamante ley 27610, la IVE.

Menini consideró que “hay una cuestión política en esto” y afirmó que “tenemos que dejar de llevar a la Justicia lo que no nos parece bien de la política, porque esto es un ‘bluff’ (NdR: o bleff, término para referir una puesta en escena que termina siendo falsa), porque nos quieren hacer hablar de una supuesta acción de inconstitucionalidad de una ley cuando, en realidad, lo que presentaron es una cuestión de inconstitucionalidad de un protocolo”, que no es más que una mera guía del Ministerio de Salud de la Nación para los médicos.

“Además -insistió-, hay que dejar en claro que no es necesario, para aplicar una ley que es de orden público, que haya un protocolo”. Para Menini, “los tribunales no tienen que pretender resolver lo que ya resolvió el Congreso Nacional, donde están los representantes del pueblo porque, como dice la Constitución, el pueblo no delibera ni gobierna sino por medio de sus representantes”, y señaló que “ahí, en las cámaras, están los representantes; en cambio a los jueces nadie los vota, no son representantes del pueblo”. 

Consideró que “gente como (los diputados Andrés) Suriani y (Cristina) Fiore, que sí son representantes de una parte de la población, tienen que entender que perdieron en esta ocasión y tienen que aceptarlo, como lo hicimos nosotras en 2018 cuando Salta no tuvo ni un solo voto a favor (de la IVE), a diferencia del 2020 donde tuvo votos a favor tanto en Diputados como en Senadores”.

Respecto de la presentación puntual, Menini echó luz sobre el asunto: “Este mismo grupo (quienes presentan la acción de inconstitucionalidad) se presentó hace algunos años atrás en la provincia de Salta, y llegó a la Corte de Justicia incluso, pidiendo la inconstitucionalidad del protocolo de atención de abortos no punibles de la Provincia”, durante el gobierno de JUAN MANUEL URTUBEY, quien luego derogó ese protocolo que se había establecido por decreto y decidió adherir al nacional.

Menini insistió en que “ese grupo va contra ese protocolo nacional” y recordó que “en aquella oportunidad, la Corte de Salta les contestó que el protocolo no iba contra nuestra Constitución Provincial ni, mucho menos, con el sistema jurídico del país”.

Entonces, como ya hay una contestación con respecto al protocolo por parte de la Corte salteña, “en este caso se presentaron en el fuero Federal para ir contra el protocolo que se actualizó en la gestión del ministro Ginés González”.

Pero la letrada además aclaró que “el protocolo no es una ley, sino una guía que les dice a los médicos cómo debe ser la atención de algo que ya es legal. Es una guía de buena práctica basada en lo que el Ministerio de Salud de la Nación observa como tal para todo el país”.

Finalmente, Menini recordó que “esta cuestión de que el aborto está contra la Constitución es algo que se llevó a la Convención Constituyente del año ’94, cuando se hizo la ultima reforma de la Constitución Argentina”, y que en esa oportunidad “estos grupos pretendieron incorporar un artículo que no permita que el aborto sea legal en la Argentina”.

Recordó que en aquella oportunidad Raúl Alfonsín fue uno de los que estuvo en contra de ese artículo “porque se trataba de un debate que aún no se dio en la sociedad argentina y no podemos obturarlo en la Constitución” y resaltó la importancia de “tener políticos y estadistas de ese nivel, porque tardó 25 años más la Argentina en sentarse a debatirlo”. 

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