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“DENUNCIARON A ALBERTO FERNÁNDEZ POR TRAICIÓN A LA PATRIA”
- Publicado: Martes, 08 Septiembre 2026 01:09
El expresidente Alberto Fernández fue denunciado penalmente por los presuntos delitos de traición a la patria y revelación de información vinculada con la seguridad del Estado, luego de afirmar públicamente que la Argentina está “absolutamente desarmada” y minimizar las capacidades de los aviones F-16 adquiridos por el país.
La Justicia deberá determinar ahora si sus declaraciones pueden constituir algún delito o si se encuentran amparadas por la libertad de expresión.
Una polémica declaración del expresidente Alberto Fernández sobre la capacidad militar argentina y la disputa por las Islas Malvinas llegó a los tribunales federales.
Según información difundida inicialmente por LN+ y replicada este 8 de septiembre, Fernández fue denunciado por los presuntos delitos de traición a la patria y por la eventual revelación de información relacionada con la seguridad y defensa nacional. La presentación deberá ahora atravesar el correspondiente trámite judicial para determinar si existen elementos que justifiquen abrir formalmente una investigación.
El episodio se originó a partir de una entrevista concedida por el expresidente el pasado 6 de septiembre, en la que cuestionó duramente la nueva política del Gobierno de Javier Milei respecto de las Islas Malvinas.
“Argentina está absolutamente desarmada”
Fernández criticó la cadena nacional en la que Milei anunció nuevas medidas contra las empresas que exploten recursos naturales en la zona de Malvinas sin autorización argentina.
Durante esa entrevista sostuvo:
“Que no se preocupe Inglaterra porque la Argentina está absolutamente desarmada”.
Además, cuestionó la incorporación de los aviones de combate F-16 y calificó la compra como un supuesto “desfalco”. También afirmó que los cazas eran “un vejestorio” y sostuvo que no servirían para modificar sustancialmente las capacidades militares argentinas.
Las declaraciones adquirieron especial sensibilidad porque fueron formuladas en medio de una nueva escalada diplomática entre Argentina y el Reino Unido por la explotación petrolera del yacimiento Sea Lion y por el renovado reclamo de soberanía sobre las Islas Malvinas.
¿Qué sostiene la denuncia?
Según la información conocida hasta el momento, la presentación pretende que la Justicia determine si los dichos del expresidente podrían encuadrar en traición a la patria y en una eventual revelación de información vinculada con las capacidades defensivas de la Nación.
El cuestionamiento parte de una circunstancia particular: Alberto Fernández fue presidente de la Nación entre 2019 y 2023 y, como tal, ejerció constitucionalmente como comandante en jefe de las Fuerzas Armadas.
Por esa función tuvo acceso durante cuatro años a información sobre recursos militares, planificación estratégica, capacidades operativas y condiciones del sistema de defensa argentino.
La cuestión que deberá determinarse judicialmente es si Fernández simplemente expresó una opinión política sobre una situación ampliamente conocida, o si eventualmente reveló información de carácter reservado relacionada con la seguridad nacional.
Traición a la patria: una figura extremadamente restrictiva
Este punto es fundamental.
En el lenguaje político puede hablarse fácilmente de “traición”, “antipatria” o de favorecer intereses extranjeros. Pero jurídicamente el delito de traición a la patria tiene una definición mucho más limitada.
El artículo 119 de la Constitución Nacional establece:
“La traición contra la Nación consistirá únicamente en tomar las armas contra ella, o en unirse a sus enemigos prestándoles ayuda y socorro”.
La utilización de la palabra “únicamente” es determinante: la propia Constitución restringe los casos en los que puede configurarse ese delito.
El Código Penal reproduce sustancialmente ese criterio.
Su artículo 214 establece penas de 10 a 25 años de prisión o incluso prisión perpetua, según las circunstancias previstas por la legislación, para quien tome las armas contra la Nación, se una a sus enemigos o les preste ayuda o socorro.
Por eso, el solo hecho de realizar declaraciones polémicas, inconvenientes o incluso perjudiciales para los intereses argentinos no significa automáticamente que exista jurídicamente traición a la patria.
Eso tendrá que ser evaluado por fiscales y jueces.
¿Y la revelación de secretos militares?
Aquí aparece otra figura penal que puede resultar jurídicamente más relevante para analizar la presentación.
El artículo 222 del Código Penal establece penas de uno a seis años de prisión para quien revele secretos políticos, industriales, tecnológicos o militares relacionados con:
- la seguridad nacional;
-
los medios de defensa;
-
o las relaciones exteriores de la Nación.
También sanciona a quien obtiene esa información secreta.
Por lo tanto, para que esa figura pueda aplicarse no alcanza simplemente con hablar sobre las Fuerzas Armadas.
La Justicia debería establecer que la información revelada era efectivamente secreta o reservada y que estaba vinculada con la seguridad o capacidad defensiva argentina.
Ese será uno de los principales obstáculos que deberá superar la denuncia.
Los F-16 y una discusión sobre información pública
Fernández también apuntó directamente contra los 24 F-16 adquiridos por Argentina a Dinamarca.
Sin embargo, numerosos aspectos de esa operación son públicamente conocidos.
El Estado argentino informó oficialmente en abril de 2024 la compra de 24 aeronaves F-16, señalando que permitirían recuperar la capacidad de interceptación supersónica perdida después de la desprogramación de los Mirage.
La información oficial también detalló posteriormente que se trata de aeronaves F-16 A/B MLU provenientes de Dinamarca y que el programa incluía modernizaciones, capacitación, infraestructura y equipamiento.
Por eso deberá determinarse qué parte de las declaraciones de Fernández constituye simplemente una valoración política sobre información pública y si existió —o no— la divulgación de algún dato militar reservado.
El contexto Malvinas vuelve especialmente delicados sus dichos
La polémica no ocurrió en cualquier momento.
Argentina y el Reino Unido mantienen una disputa de soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sandwich del Sur y los espacios marítimos correspondientes.
La Constitución Nacional establece además que la recuperación del ejercicio pleno de la soberanía sobre esos territorios constituye un objetivo permanente e irrenunciable del pueblo argentino, respetando el derecho internacional y el modo de vida de sus habitantes.
En los últimos días, el conflicto volvió a escalar por la decisión de las empresas Navitas Petroleum y Rockhopper Exploration de avanzar con la explotación del yacimiento petrolero Sea Lion.
El Gobierno de Milei anunció sanciones contra compañías, inversores y proveedores involucrados en esas operaciones y reafirmó el reclamo argentino.
Fue justamente en ese escenario cuando Alberto Fernández declaró públicamente que el Reino Unido no debía preocuparse porque Argentina estaba “absolutamente desarmada”.
Santiago Caputo salió al cruce
Las expresiones también provocaron una dura reacción del asesor presidencial Santiago Caputo.
Luego de conocerse las declaraciones del expresidente, Caputo lo acusó de colocarse del lado británico simplemente para oponerse al Gobierno de Milei y calificó su actitud como “cipaya”.
Más allá de la disputa política, ahora existe un interrogante judicial distinto: determinar si las expresiones pueden ser consideradas solamente una crítica política o si contienen elementos susceptibles de integrar alguno de los delitos denunciados.
¿Puede Alberto Fernández terminar condenado por traición a la patria?
Con la información disponible hasta el momento, sería prematuro afirmarlo.
La definición constitucional de traición es sumamente estricta y exige conductas como tomar las armas contra la Nación o unirse a sus enemigos prestándoles ayuda o socorro.
Por eso existe una diferencia sustancial entre considerar unas declaraciones políticamente irresponsables o perjudiciales para el país y demostrar judicialmente el delito de traición.
Una discusión diferente podría presentarse alrededor del artículo 222 del Código Penal si se comprobara que Fernández reveló verdaderos secretos militares o información reservada obtenida durante su Presidencia.
Hasta ahora, esa circunstancia no está acreditada públicamente.
La Justicia tendrá que decidir
La presentación abre así un nuevo frente judicial para el expresidente.
En una primera instancia deberá determinarse qué juzgado y fiscalía intervendrán y posteriormente si corresponde impulsar la investigación.
También será fundamental conocer el contenido completo de la denuncia, las pruebas aportadas y exactamente qué información considera el denunciante que Fernández habría revelado.
Por ahora hay una certeza: las declaraciones existieron y fueron formuladas públicamente por un expresidente que durante cuatro años tuvo la máxima responsabilidad política sobre las Fuerzas Armadas argentinas.
Lo que todavía deberá resolver la Justicia es algo muy diferente: si esas palabras fueron solamente una expresión política duramente cuestionable o si cruzaron el límite y constituyeron algún delito contra la seguridad de la Nación.
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