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Hay 40 comunas sin carta orgánica que se rigen por la nueva ley
- Publicado: Sábado, 05 Enero 2019 23:05
La nueva normativa, que ya fue publicada en el Boletín Oficial, deja atrás a la 1.349. El Ministerio de Gobierno destacó que este paso redunda en la calidad institucional.
Entró en vigencia la ley 8.126 que reemplaza a la vieja 1.349, que durante varias décadas rigió la vida institucional de los municipios sin carta orgánica. El nuevo régimen de municipalidades fue promulgado por el Gobierno provincial y publicado en el Boletín Oficial.
El secretario de Relaciones Institucionales, Martín Ávila, destacó este paso que actualiza el funcionamiento de las instituciones de 40 municipios que aún no escribieron su carta orgánica, ya que no sobrepasaron los 10 mil habitantes. Los últimos en dictarlas fueron Aguaray en 2016 y en 2018 lo hicieron Salvador Mazza, San Lorenzo, La Merced y Santa Victoria Este.
Para consensuar los cambios se realizaron foros de debate en diferentes puntos de la provincia en los que participaron intendentes, concejales, legisladores provinciales y vecinos. Ávila recordó que el análisis se extendió durante varios años y en los encuentros desde el realizado en San Lorenzo en julio de 2013 hasta las segundas jornadas con el Foro de Intendentes de hace un par de años. El debate continuó con consultas de legisladores a las autoridades municipales
Luego de todos estos foros, el Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Justicia envió un proyecto de ley a la Legislatura que se unificó con los ya existentes: el debate legislativo duró dos años. El proyecto de ley tuvo media sanción a fines del 2016, luego fue revisado por el Senado con modificaciones y finalmente fue aprobado por Diputados en noviembre pasado. "El trabajo fue extenso pero debía ser así, generando consensos. La ley 1.349 fue dictada en 1932, era vetusta y actuaba como tapón, impedía a los concejales sesionar más de seis meses, no establecía ningún sistema de control", indicó Ávila.
Algunas modificaciones
Por las modificaciones introducidas, a partir de 2019 los 40 Concejos Deliberantes sin carta orgánica sesionarán desde el 1 de marzo hasta el 30 de noviembre.
Anteriormente lo hacían entre abril y septiembre.
En la vieja ley se establece el concepto de municipios autárquicos, no autónomos, divididos en tres categorías.
Se recepta la ley 6.832 que establece el mínimo del presupuesto del concejo deliberante en 3% del presupuesto municipal, haciendo hincapié en su autonomía y estableciendo que la dieta mínima de los concejales no sea inferior al salario mínimo vital y móvil (actualmente está fijado en $11.300), ya que había casos de concejales que ganaban menos de ese monto.
La vieja ley no regula ningún tipo de instituto de control de la administración municipal, ni la formación y sanción de ordenanzas. Desde ahora se puede crear la Sindicatura municipal, además de los controles de la Auditoría General la Provincia.
El artículo 82, inciso 17 de la anterior ley, imponía tasas e impuestos en base a la cantidad de mujeres sometidas a un prostíbulo, las llamaba pupilas, desconociendo la legislación actual que protege el género y combate la trata de personas. El artículo 6 de la nueva legislación promueve los derechos de la mujer e incorpora la perspectiva de género como la prevención, detección y acciones contra la violencia de género y la trata de personas.
Santa Victoria Este, la última en tener su carta
También lo lograron Salvador Mazza, San Lorenzo y La Merced.
Con la promulgación de la ley provincial que aprueba la carta orgánica de Santa Victoria Este, son 20 los municipios salteños que rigen su vida institucional con su propia constitución.
En Salvador Mazza, San Lorenzo, La Merced y Santa Victoria Este, durante las pasadas elecciones se eligió a los convencionales municipales que tuvieron la responsabilidad de consensuar y escribir el proyecto.
Los cuatro pasaron por el análisis de la Cámara de Diputados y del Senado.
El secretario de Relaciones Institucionales, Martín Ávila, trabajó con su equipo para brindar asesoramiento técnico cuando los convencionales lo requirieron.
Destacó el trabajo realizado en Santa Victoria Este porque la carta orgánica plasma lineamientos para la vida institucional del municipio.
El funcionamiento del Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Justicia indicó que en el caso Santa Victoria Este se estableció la necesidad de contar con un dictamen previo de la Auditoría de la Provincia para aprobar por parte del Concejo Deliberante la cuenta general del ejercicio.
Los convencionales también acordaron que las concesiones de servicios públicos serán con plazo máximo de duración establecidos previamente, se crea la banca municipal para el vecino, que podrá exponer asuntos de interés municipal.
Además, se ordena el acompañamiento del municipio en la gestión ante organismos públicos y privados de los pueblos originarios, entre otros puntos.