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Robo en el Gasoducto NEA: 10 acusados, 260 caños recuperados y un prófugo
- Publicado: Miércoles, 29 Julio 2020 00:51
Entre los acusados se encuentran el intendente de Aguaray, su secretario de Hacienda y cuatro empresarios. En una actuación inédita para la región, tres fiscales federales llevaron adelante las imputaciones en una audiencia celebrada este martes.
Este mediodía, el Ministerio Público Fiscal, representado conjuntamente por la Unidad Fiscal Salta y las sedes descentralizadas de Orán y Tartagal, formalizó y amplió las imputaciones a nuevos acusados por el robo de caños del Gasoducto NEA, en el marco de una investigación iniciada en febrero.
Se realizó la imputación formalizada al empresario Matías Rossi, presidente de la empresa CoMarfil SA, con asiento en el partido de Quilmes, en la provincia de Buenos Aires. Rossi es acusado de los delitos de robo agravado y fraude a la administración pública por su presunta participación en el robo de, al menos, 52 caños del gasoducto que fueron secuestrados de instalaciones de su empresa, a donde habrían llegado mediante maniobras y la utilización de documentación ilícita.
Asimismo, se amplió la acusación penal por el delito de fraude a la administración pública respecto del intendente del municipio de Aguaray, Jorge Enrique Prado, y el secretario de Hacienda de dicha municipalidad, Fredy Marcelo Céspedes, quienes ya habían sido imputados el 18 de mayo pasado, aunque no por este hecho, descubierto con posterioridad.
En la audiencia -que se desarrolló por videoconferencia con todos los acusados, sus defensores y de la que también participó el abogado Sebastián Smith, en calidad de querellante por el Estado Nacional-, el fiscal Eduardo Villalba señaló las pruebas en relación a Prado, Céspedes y Rossi, en un hecho más que incluyó la desafectación de bienes adquiridos con fondos nacionales.
Villalba resaltó, al explicar las maniobras, que “todos los caminos conducen a Prado”. La hipótesis es que fue quien posibilitó la desafectación de los caños a partir de una resolución municipal, que sirvió para el saqueo del material por parte de distintos implicados. En ese marco, solicitó el levantamiento del secreto bancario y fiscal respecto a Prado, como así también pidió que se le prohíba salir del país.
En esa intervención, Prado avaló la extracción de los caños y su entrega a la empresa OSYP SA. Para el MPF, bajo la excusa de que causaban un grave daño al ambiente, condición que aseguró a partir de su profesión como ingeniero ambiental.
Cabe señalar que en la primera audiencia por este caso, Villalba ya había imputado a Prado, Céspedes y al empresario Diego Alos, titular de la firma OSYP SA, por el delito de fraude a la administración pública, oportunidad en la que no descartó nuevas imputaciones, como así también acusaciones contra otros implicados.
Segundo hecho
El fiscal José Luis Bruno, de la sede descentralizada de Orán, en tanto, siguió con la acusación e imputó el delito de robo calificado a cuatro nuevos implicados. Se trata de Cristhian Marcelo Buczeck, encargado de la empresa Vera SA; Andrés Ayala, gerente de la firma Peterser SRL; Milton Rene Saavedra y Bruno Raúl Degoy, ambos socios de MyP, ex WeatherFor.
En su exposición, Bruno sostuvo que los acusados participaron de las maniobras realizadas el 14 de abril pasado, que llevaron a la sustracción de 170 caños del gasoducto en el paraje El Desemboque, a 140 kilómetros de la localidad General Mosconi.
Bruno indicó que, luego de detectar dos camiones cargados con caños en un comedor de la zona, personal de Gendarmería Nacional descubrió otros dos rodados con tubos que habían sido extraídos ilegalmente de la red del gasoducto. Refirió además que las maniobras se llevaron adelante a partir de documentación -entre ella remitos- que conducían, como mencionó el fiscal Villalba en su presentación, al intendente Prado y la resolución Número 1215 de 2019, común denominador en todas las maniobras.
Tercer hecho
Finalmente, el fiscal Marcos Romero, de la sede descentralizada de Tartagal, se refirió a la acusación penal que pesa sobre Miguel Angel Cuellar y Oscar Dante Rodríguez por el delito de robo calificado, mientras que al intendente Prado, el representante del MPF le amplió la imputación por el delito de fraude a la administración pública.
En este caso, Romero explicó que la acusación penal surge de un hecho ocurrido el 12 de noviembre de 2019 en la localidad de Alto La Sierra, oportunidad en la que se descubrió a Cuellar con 14 caños en un colectivo adaptado para el transporte de carga, también procedentes del gasoducto NEA. El acusado responsabilizó por el hecho a Rodríguez, quien a su vez negó todo, aunque posteriormente se pudo establecer que con el intendente Prado existía un vínculo laboral. Surgió de una investigación realizada luego de que el caso, que se había iniciado en la fiscalía de Salvador Mazza, pasara a la sede fiscal de Tartagal. Se lograron recuperar 77 caños que habían sido extraídos también del paraje El Desemboque.
Planteos
Concretadas las imputaciones, los acusados, con excepción de Céspedes, negaron los hechos y se remitieron a los descargos ya presentados. El secretario de hacienda de Aguaray, en tanto, sólo reiteró su inocencia y descargó toda la responsabilidad sobre su ex jefe comunal.
El abogado Fernando Teseyra, defensor de Prado, planteó la nulidad de la acusación realizada respecto a la vinculación entre Rodríguez y el intendente, como así también se opuso al pedido del fiscal Villalba sobre el levantamiento del secretario bancario y fiscal del intendente. Villalba, por su parte, solicitó el rechazo de los planteos realizados: indicó que el pedido de nulidad no tenía fundamentos y sólo evidenciaba un desacuerdo de la defensa, mientras que con respecto al secreto bancario consideró que los bolsillos del funcionario público "deberían ser de cristal", por lo que no había razón para negarse a la medida.
Ante ello, el propio Prado solicitó la palabra y admitió que sus cuentas bancarias sean revisadas por la justicia. El juez Montoya, en tanto, dio por formalizadas las imputaciones y ampliaciones hechas por el tridente fiscal, como así también rechazó la nulidad requerida por la defensa del jefe comunal.