La Cámara de Diputados dio media sanción al Proyecto de Ley que establece la modificación del artículo 87 de la Ley Nº 7070
La misma señala que todas las empresas públicas y privadas, que como consecuencia de su actividad emitan gases, polvos, humos, hollín, malos olores o ruidos considerados molestos para el bienestar de la población o al ecosistema, deberán implementar sistemas y medidas de control tendientes a su eliminación o reducción a niveles considerados aceptables según normas establecidas de calidad atmosférica.
El proyecto es de autoría del diputado Santiago Godoy, quien señaló que “con el presente proyecto se pretende implementar políticas públicas tuitivas y de alcance colectivo o difuso para prevenir y erradicar la contaminación acústica de comprobado impacto sobre la calidad de vida, ya que afecta la convivencia altera la dinámica del espacio público y el ambiente, atentando en definitiva contra nuestra salud”.
Se consideran ruidos molestos aquellos que generan contaminación acústica, la cual se define como la presencia en el ambiente de ruidos o vibraciones, cualquiera que sea el emisor acústico que los origine, que impliquen molestia, riesgo o daño para las personas.
“La Autoridad de Aplicación determinará los procedimientos de medición y evaluación de la calidad acústica; y los métodos o tecnologías tendientes a prevenir, mitigar remediar y reducir la contaminación acústica y sus efectos negativos para la salud humana, oros seres vivos y el entorno natural o cultural”.
El proyecto fue aprobado por unanimidad y pasó al Senado en Revisión.