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Sustracción de una beba en Tartagal: La Unidad Fiscal brindó detalles de la investigación

En virtud de la viralización de datos inexactos y/o erróneos sobre la causa en investigación, la Unidad Fiscal, a partir del artículo 263 del Código Procesal Penal de Salta, realizó aclaraciones a fin de poner en conocimiento de la comunidad de lo obrado en la causa con exactitud.

La Unidad Fiscal integrada por los fiscales penales Lorena Martínez, Rafael Medina y Pablo Cabot, en el marco de la investigación que llevan adelante por la sustracción de una menor de edad del hospital local, y en consideración del levantamiento de la reserva de actuaciones dispuestas oportunamente, convocó a una conferencia de prensa en la ciudad de Tartagal para actualizar información de la causa y realizar aclaraciones que se consideran necesarias ante la difusión de información errónea o inexacta.

Tras la lectura del artículo 263 del Código Procesal Penal de Salta, donde se contempla la posibilidad de los fiscales de realizar aclaraciones o acotaciones necesarias ante versiones erróneas que puedan perjudicar la investigación, los Fiscales se refirieron a distintos aspectos abordados en la misma.

A su turno, el fiscal penal 2 de Tartagal, Rafael José Medina, quien tomó intervención desde que se denunció la sustracción de la menor, se refirió a las primeras tareas desplegadas, reconociendo a las distintas áreas de la Policía de la Provincia y fuerzas nacionales que colaboraron en la búsqueda, desplegando distintas tareas con la urgencia que el caso requería, como relevamiento de cámaras de seguridad públicas y privadas, relevamiento de testigos, rastrillaje y controles en rutas, terminales y otros puntos de interés.

Hizo un relato pormenorizado y cronológico de las diligencias realizadas hasta que la niña fue encontrada en el asentamiento Roberto Romero en horas de la noche, a partir de la advertencia de un vecino.

A continuación, el fiscal penal 1 de Tartagal, Pablo Cabot, se refirió a la conformación de la Unidad Fiscal junto a la fiscal penal de Violencia Familiar y de Género, Lorena Martínez para optimizar y agilizar la investigación, destacando la valiosa colaboración de la comunidad, que se encontraba sensibilizada ante la gravedad del caso investigado.

En su exposición, Cabot realizó un análisis pormenorizado del análisis de las cámaras de seguridad públicas y privadas que se realizó, aclarando que la única parte “editada” del material que se dio a conocer a los medios, es un pixelado que se realizó sobre el rostro de la menor de edad a fin de preservar sus derechos. Fue enfático en destacar que los videos del Centro de Video Vigilancia cuentan con medidas de seguridad que impiden su manipulación.

En una pantalla se proyectaron algunas de las filmaciones que obran en la causa y sobre ellas el Fiscal hizo una descripción pormenorizada con aclaraciones que se consideraba prudente realizar.

Respecto a un video perteneciente a la cámara de seguridad de una vivienda particular, que difundido recientemente en los medios de comunicación, destacó que inmediatamente después de tomar conocimiento de su existencia, se constituyó en el domicilio en cuestión, personal de la Brigada de Investigaciones, negándose sus moradores a entregar el DVR correspondiente. Es por ello que se debió recurrir al Juzgado de Garantías interviniente, el libramiento de una orden de allanamiento y secuestro.

Del resultado del análisis del material realizado por parte del oficial de la Brigada de Investigaciones que realizó el secuestro del DVR, se determinó un desajuste horario de 36 minutos (marca 19:54 cuando en realidad es la hora 20:30). Esta constatación se realizó en presencia del propietario, quien firmó la correspondiente acta.

Además el informe pericial señala que las cámaras poseen sistema infrarrojo, lo que hace que las imágenes se registren en dos colores, generando diferencias en la percepción de los colores de la ropa de la mujer captada.

Del análisis exhaustivo de una gran cantidad de horas de filmación en cámaras de seguridad, públicas y privadas, la Unidad Fiscal concluye que existen elementos para afirmar que no se trata de dos personas distintas, sino de una única persona captada en las filmaciones incorporadas a la causa y que no existe ninguna discordancia respecto a los horarios de registro.

Finalmente, la fiscal penal Lorena Martínez sostuvo que tras la aparición con vida de la menor sustraída, lo que constituía el objetivo fundamental, la investigación continuó su curso a fin de reunir elementos de convicción que permitieran individualizar al autor del hecho y a eventuales partícipes.

Recordó que en la causa hay una mujer de 25 años imputada en forma provisional como autora del delito de sustracción de menores, previsto en el artículo 146 del Código Penal, la cual permanece detenida a requerimiento de los representantes del Ministerio Público y por disposición del Juzgado de Garantías interviniente, para garantizar el normal desarrollo de la investigación.

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