Provinciales
En las elecciones provinciales se usará el mismo padrón de los comicios nacionales
- Publicado: Miércoles, 17 Julio 2019 00:16
El Tribunal dispuso proponer al Gobierno de Salta que en los comicios provinciales se use el mismo plan de distribución de mesas que el determinado por la Justicia Federal.
El Tribunal Electoral de la Provincia resolvió que para las elecciones Primas, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias del 6 de octubre próximo y para las Generales del 10 de noviembre próximo, el cuerpo electoral de la Provincia con las exclusiones que corresponda será el mismo al empleado por la Justicia Federal en las elecciones nacionales.
El artículo 58 inciso 5 de la Constitución Provincial y el artículo 13 de la Ley de Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (Ley 7697) establecen que corresponde al Tribunal Electoral confeccionar los registros cívicos electorales, los que de acuerdo al artículo 2 de la Ley 6444, se forman de acuerdo con las disposiciones de la Ley Electoral de la Nación.
Paralelamente el Tribunal dispuso proponer al Poder Ejecutivo de la Provincia que en los comicios provinciales se use el mismo plan de distribución de mesas que el determinado por la Justicia Federal con competencia electoral de Salta para las elecciones de este año.
El Tribunal Electoral dispuso también que el formato del padrón electoral será conforme un diseño propio que contemple la legislación vigente. Y se dejó establecido que ningún ciudadano podrá agregarse en forma manual al padrón aún en caso de presidente y suplente de mesa, para lo cual se procurará que la designación recaiga en los electores correspondientes al padrón de la mesa o bien el Tribunal dispondrá la inclusión de dichas autoridades en un padrón complementaria y serán tachados con tinta roja donde se encontraban originariamente registrados.
Para el caso de las fuerzas de seguridad encargados del orden en las elecciones y de la custodia del comicio, el Tribunal recordó que se encuentran exentas de votar, “siempre y cuanto no hayan sido asignados a tal función en aquellos lugares en donde se encuentran empadronados”.