• 15 mayo, 2024

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Fin de semana extralargo .

Oct 13, 2023

Este fin de semana es extralargo y los argentinos podrán disfrutar de cuatro días seguidos de descanso. Si bien son jornadas en las que muchos aprovechan para hacer escapadas o pasear al aire libre, otros se preguntan por qué es feriado el viernes 13 y el lunes 16 de octubre.

Se trata del Día del Respeto a la Diversidad Cultural, que se conmemora el 12 de octubre en nuestro país. Sin embargo, como es un feriado transferible, este se corrió al lunes 16 para asegurar una hilera de días de descanso. Además, se agregó el viernes 13 como asueto con fines turísticos, para garantizar que los argentinos puedan hacer una escapada en esos días.

¿Qué se celebra el Día del Respeto a la Diversidad Cultural?

Durante muchos años, en la Argentina cada 12 de octubre se celebraba el Día de la Raza, donde se conmemoraba la llegada de Cristóbal Colón a América. Se eligió esta fecha porque un día como este, pero de 1492, la expedición europea que lideraba el explorador encontró al oeste de Europa, tras cruzar el océano Atlántico, la primera isla del continente americano. En aquel entonces, los marinos europeos desembarcaron en Guanahani, una de las actuales Islas Bahamas.

Sin embargo, en 2010 el Gobierno tomó la decisión de modificar su denominación y pasó a llamarse el Día del Respeto a la Diversidad Cultural. De esa forma, el 12 de octubre dejó de conmemorar la “conquista” de América y le adjudicó mayor importancia a las culturas que aportaron a la construcción de nuestra identidad.

¿Cuántos feriados quedan para lo que queda del 2023?

Después del 16 de octubre, ya no quedarán feriados trasladables o puentes turísticos en el calendario nacional. Sin embargo, aún quedan tres días de asueto hasta fin de año:

Feriados intransferibles

  • Lunes 20 de noviembre (Día de la Soberanía Nacional)
  • Viernes 8 de diciembre (Día de la Inmaculada Concepción de María)
  • Lunes 25 de diciembre (Navidad)

Feriados y días no laborables: ¿cómo se pagan y cuándo son opcionales?

Todos los tipos de feriado (inamovibles, trasladables o puentes) gozan de las mismas condiciones. Por lo tanto, el asueto es obligatorio y quienes convoquen a sus empleados en dichas fechas deberán abonarles el doble de la jornada regular, como establece la Ley de Contrato de Trabajo.

Cabe recordar que esto no ocurre con los días no laborables. En esos casos, el asueto depende del empleador y, en caso de tener que trabajar durante estas fechas, la paga es la misma de un día cualquiera. Una similitud con los feriados es que, en caso de optar el empleador por implementar el día libre, el jornal será igualmente abonado al trabajador.

Fuente : LA NACIÓN

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