Podríamos poner como título a la presente nota, una cantidad enorme de adjetivos, pero solo vamos a hacer un análisis y Uds. saquen sus propias conclusiones.
Para empezar el Ejecutivo Municipal no puede adherir a una ordenanza, ya que es quien firma la promulgación como tal, y además es quien tiene la obligación de hacerla cumplir. Entiéndase que una Ordenanza es un mandato, es un tipo de norma jurídica al que esta supeditado todo el municipio.
Por otra parte el intendente no puede declarar el feriado, lo correcto sería declarar asueto en base a lo que dicta la ordenanza de referencia.
Cuando dice «Instrumento legal correspondiente», a que instrumento se refiere?
En toda norma jurídica, no se debe apelar a la libre interpretación, ya que este documento en un principio es dictado como RESOLUCIÓN per mas abajo se declara como DECRETO.
Para finalizar les dejo este dato para que investiguen: Este documento fue o será firmado el 29 de noviembre de 2021, TIENE VALIDÉZ?
También tiene que ser publicada.
Churo no?