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En mayo se pondrá en marcha el Programa de Créditos para el Desarrollo Cooperativo

Las empresas sociales podrán inscribirse a partir del lunes 2. Se trata de nuevas líneas de financiamiento destinadas a promoción, consolidación y fortalecimiento.

A partir del lunes 2 de mayo del corriente, el Gobierno de la Provincia a través de la Secretaría de Industria, Comercio y Empleo del Ministerio de Producción y Desarrollo Sustentable pondrá en marcha el Programa de Créditos para el Desarrollo Cooperativo, que destinará asistencia financiera con recursos del Fondo Provincial para Educación y Promoción Cooperativa.

El programa tendrá por objetivo financiar capital de trabajo, inversión y capacitación, requeridos por estas empresas sociales para reactivar sus actividades y servicios en el nuevo contexto. Asimismo, buscará fomentar la conformación y desarrollo de cooperativas y mutuales, y su inscripción en un registro especial, con la finalidad de contribuir a la creación de nuevos puestos de trabajo sostenibles.

La resolución propone reglamentar el mecanismo de adjudicación de créditos a cooperativas sobre la base de tres categorías:

Créditos para Promoción: Establece importes de hasta 500 mil pesos a tasa 0%, con tres meses de gracia y devolución en 18 cuotas. Serán garantes solidarios el presidente, el secretario y el tesorero de la sociedad. Los montos deberán estar destinados a solventar el inicio de nuevas entidades en período fundacional, apoyándolas para la adquisición de elementos indispensables como herramientas, equipos livianos y otros requerimientos con bajo nivel de inversión.

Créditos para Consolidación: Los importes serán de hasta 1 millón de pesos, a tasa 0%, con tres meses de gracia y devolución en 18 cuotas. Serán garantes solidarios el presidente, el secretario y el tesorero de la sociedad. Estarán destinados a cooperativas con por lo menos 1 ejercicio social cerrado, balance aprobado y acreditada normalidad institucional.

Créditos para Fortalecimiento: Se otorgarán hasta 200 mil pesos de aportes no reembolsables para equipamiento administrativo, infraestructura o capacitación. Estas empresas deberán tener presentadas las rendiciones correspondientes.

Los créditos no podrán utilizarse para pago de deuda bancaria, previsional o tributaria; adquisición de artículos suntuosos o innecesarios para el proceso productivo de bienes y servicios propios de la cooperativa; y operaciones de especulación financiera; adquisición de bienes de uso particular de los asociados y actividad económica que no esté contemplada dentro del objeto social.

Tampoco se podrán destinar al pago de salarios o a cuenta de futuros adelantos remunerativos, salvo el caso de mano de obra indirecta como pago a albañiles, ingenieros o arquitectos contratados para las obras de acondicionamiento e infraestructura.

Entre algunos requisitos, las entidades deberán contar con matrículas y mandatos vigentes, y estados contables aprobados, caso contrario se dispondrá la puesta en regla de estas sociedades a través de la Dirección de Cooperativas de la Subsecretaría de Empleo, Cooperativas y Mutualidades.

Los formularios de inscripción y solicitud se podrán descargar en: https://bit.ly/3EMKalx

La recepción de esta documentación deberá ser entregada en mesa de entradas del Ministerio de Producción y Desarrollo Sustentable, de lunes a viernes, de 8 a 14, hasta el próximo viernes 13 de mayo.





Fuente: Secretaría de Prensa y Comunicación

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