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Provinciales

Cuarentena: autorizan a peluquerías y trabajo doméstico sólo en turnos vespertinos

autorizan a peluquerías y trabajo doméstico sólo en turnos vespertinos

El Comité Operativo de Emergencia (COE) establecería esta tarde noche, la habilitación comiencen a funcionar los rubros de hotelería, peluquería y personal de casas particulares, bajo normas de cuidado, según los protocolos presentados al gobierno.

Los hoteles deberán presentar su modalidad de trabajo y cuidados.

Desde el Ejecutivo Provincial, afirmaron que el COE se encuentra analizando la vuelta a la actividad de los rubros mencionados, medida que se oficializaría en las próximas horas. 

Dando por descontado que "las actividades y servicios exentos quedan autorizados para funcionar, sujetos a la implementación y observancia de los protocolos sanitarios que cada jurisdicción establezca, en cumplimiento de las recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad de las autoridades", tanto peluquerías, hoteles como así también personal de casas particulares podrán retomar sus labores.

Además, para todos los rubros, se establecerá "que en todos los casos se deberá garantizar la organización de turnos, si correspondiere, y los modos de trabajo y de traslado que garanticen las medidas de distanciamiento e higiene necesarias para disminuir el riesgo y prevenir de contagio el COVID-19".

Cabe recordar, que el Centro Mutual de Peluqueros y Peinadores Profesionales de Salta; la Cámara Hotelera Gastronómica y Afines de Salta; y diversos empleadores y trabajadores del régimen especial de contrato de trabajo para el personal de casas particulares, han formalizado sendas solicitudes con el fin de exceptuar del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular, para el desarrollo de sus actividades laborales.

La disposición que analiza el COE tiene las siguientes modalidades: 

1. Los establecimientos que desarrollen actividades de hotelería deberán presentar ante el Ministerio de Turismo un plan de actividades con sujeción a las disposiciones sanitarias vigentes y un compromiso de fiscalización por parte de la entidad solicitante, dicho plan una vez analizado será remitido al Ministerio de Salud Pública para que, en su caso, proceda a su aprobación definitiva, recaudo sin el cual no podrán restablecer su actividad.

2. Las peluquerías deberán implementar un sistema de turnos on-line para la atención de sus clientes, pudiendo concurrir sus empleados solo en el horario de 14 a 20 horas. Cada Municipio garantizará el cumplimiento del Protocolo dispuesto por el Ministerio de la Producción y Desarrollo Sustentable y aprobado por el Ministerio de Salud Pública.

3. Los trabajadores del régimen especial de contrato de trabajo para el personal de casas particulares podrán, previo acuerdo suscripto con su empleador, y con la emisión de la Declaración Jurada de Circulación, concurrir a realizar sus actividades solo en el horario de 14 a 20 horas. Los empleadores deberán establecer cronogramas de prestación de servicios reducidos a los estrictamente necesarios y deberán otorgar los elementos idóneos de limpieza, cuidado, seguridad y prevención, con el objetivo de disminuir el nivel de exposición de estos trabajadores y trabajadoras.

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