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Campo Quijano entra en confinamiento.

May 22, 2021

El secretario General de la Gobernación, Matías Posadas, explicó que el DNU Nacional tiene vigencia hasta el 11 de junio diferenciado en dos etapas, una de confinamiento desde el 23 hasta el 31 de mayo y el fin de semana del 5 y 6 de junio y la otra etapa de restricciones por actividades.

En este marco, el funcionario expresó que en cumplimiento del DNU se aplicará el confinamiento en los departamentos en alto riesgo epidemiológico.

En el resto de los departamentos, en medio y bajo riesgo, donde de acuerdo a lo establecido por Nación, las provincias determinan el marco de restricciones y habilitaciones, se fijaron nuevas medidas.

El presidente del COE, Francisco Aguilar, señaló que la mortalidad bajó un 66% respecto al año pasado. «Eso muestra que la vacunación está dando resultados. Pero la cantidad de casos diarios también muestra que aún la sociedad no aprendió a convivir con el virus, necesitamos que toda la sociedad refuerce las medidas de prevención y respete las medidas vigentes».

Se determinó que, como establece Nación, las clases presenciales se suspenden por 3 días (del 26 al 28 de mayo) en los 9 departamentos en zona de riesgo, mientras que en el resto de la provincia se continúa con la presencialidad en los establecimientos. «Los 3 días se van a recuperar dentro del calendario escolar», señaló la secretaria de Gestión Administrativa, Roxana Dib.

De esta forma las medidas vigentes hasta el 31 de mayo son:

ACTIVIDADES ECONÓMICAS, INDUSTRIALES, COMERCIALES, DE SERVICIOS, CULTURALES, DEPORTIVAS, RELIGIOSAS, EDUCATIVAS, TURÍSTICAS, RECREATIVAS Y SOCIALES: sin presencialidad, en todos los casos que sea posible se deberán realizar las tareas bajo la modalidad de teletrabajo.

PERMANENCIA EN DOMICILIOS: las personas deberán permanecer en sus residencias habituales y solo podrán desplazarse para aprovisionarse de artículos de limpieza, medicamentos y alimentos y artículos de necesidad en comercios esenciales y retiro de compras autorizadas, siempre en cercanía a sus domicilios. 

SALIDAS DE ESPARCIMIENTO: podrán realizarse salidas de esparcimiento en espacios públicos al aire libre de cercanía, en horario autorizado para circular, y dando cumplimiento a las reglas de conducta generales y obligatorias. No es necesario tramitar permiso para circular para estas actividades.

ACTIVIDADES RECREATIVAS: no se podrán realizar reuniones de personas, ni concentraciones, ni prácticas recreativas grupales.

No se podrá circular fuera del límite del partido, departamento o jurisdicción del domicilio de residencia.

PROHIBICIÓN DE CIRCULACIÓN: Desde las 18 horas hasta las 6 horas del día siguiente. 

GASTRONOMÍA: sólo mediante delivery y take away.

TRANSPORTE PÚBLICO: quedan habilitadas para su uso las personas expresamente autorizadas para el desempeño de sus actividades (1), los casos especiales, atención de salud y vacunación.

PERMISOS: Todas las personas exceptuadas de la prohibición de circular deberán portar el “Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19”. Los desplazamientos de las personas exceptuadas deberán limitarse al estricto cumplimiento de la actividad autorizada.

Fuente: Secretaría de Prensa y Comunicación

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